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Desde un período de transición más extenso hasta la posibilidad de otorgar apoyos económicos para la compra de herramientas de trabajo, durante la consulta pública de la NOM-037, empresas y especialistas plantearon un centenar de inquietudes. Algunas fueron consideradas en la redacción final.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) difundió las respuestas a los comentarios recibidos durante la consulta pública del proyecto de NOM de Teletrabajo, el instrumento que regulará las condiciones de seguridad y salud en el trabajo remoto. Algunos de estas observaciones se tradujeron en cambios al proyecto enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) para su análisis.

En suma, fueron 74 promoventes entre especialistas, áreas de gobierno, organismos empresariales, consultorías y organizaciones no gubernamentales que plantearon más de un centenar de observaciones, las cuales fueron analizadas por la dependencia, aunque no todas derivaron en cambios a la propuesta para la NOM-037.

Éstos fueron algunas de las propuestas que recibió la STPS durante la consulta pública del proyecto:

  1. Reducir el porcentaje de tiempo de la jornada laboral para que se configure el teletrabajo, el cual se encuentra actualmente en 40 por ciento.
  2. Eliminar términos como “prestación de servicios”.
  3. Establecer la periodicidad con la que se verificarán las condiciones de seguridad y salud en esta modalidad de empleo.
  4. Incorporar la obligación de trabajadores de respetar su jornada laboral y cumplir con sus actividades dentro de esta, así como observar los lineamientos de desconexión.
  5. Eliminar la opción de que los empleadores visiten el domicilio de los empleados para verificar las condiciones.
  6. Establecer los momentos en los que las personas en teletrabajo deben acudir a la empresa.
  7. Incorporar el concepto de violencia digital.
  8. Ampliar la definición de desconexión digital.
  9. Validación de la STPS de las listas de verificación en la que los trabajadores reportarán a sus patrones las condiciones de su espacio laboral fuera de la oficina.
  10. Creación de una subcomisión de seguridad e higiene para el teletrabajo.
  11. Manifestación escrita de los empleados sobre su deseo de laborar de manera presencial cuando no se cumplan las condiciones para el trabajo remoto.
  12. Fijar la cantidad de apoyo económico que otorgarán las empresas para gastos de luz e internet.
  13. Establecer la posibilidad de que las empresas entreguen apoyo económico para que los trabajadores adquieran las herramientas para el home office.
  14. Indicar que la silla ergonómica debe garantizar la prevención de afectaciones a la salud.
  15. Establecer la periodicidad del mantenimiento del equipo de trabajo.
  16. Determinar si los accidentes en el lugar donde se teletrabaja serán considerados o no para el incremento de la póliza que pagan las empresas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  17. Aplicación de exámenes médicos a personas en la modalidad de trabajo remoto.
  18. Contar con un plan de integridad corporativa que incluya, por lo menos, un mecanismo para el reporte de incidentes laborales, código de ética o similar.
  19. Reforzar la inspección de trabajo para este esquema.
  20. Período de transición de un año para su entrada en vigor.

En algunos casos, la STPS sólo retomó comentarios de manera parcial para hacer ajustes, pero descartó algunas observaciones por considerar que se contraponían a la Ley Federal del Trabajo o, en otros casos, porque se trata de aspectos que empleados y patrones pueden determinar de común acuerdo, como los apoyos para la compra de herramientas de trabajo o la periodicidad para la aplicación de las listas de verificación.

Entre las propuestas que la STPS descartó se encuentra la ampliación del período de transición a un año, la creación de subcomisiones de seguridad e higiene de teletrabajo, la reducción del tiempo mínimo fuera de la oficina para considerarse trabajo remoto y los topes para los gastos de luz o internet, entre otros planteamientos.

Sin embargo, a partir de los comentarios, la dependencia sí realizó cambios al proyecto, como un rol más activo de las comisiones de seguridad e higiene de las empresas para supervisar las condiciones del espacio laboral de los teletrabajadores y adecuaciones para el uso de la lista de verificación.

En algunas definiciones, la STPS aceptó modificaciones a la redacción del derecho a la desconexión que reconoce la posibilidad de que los trabajadores se aparten de sus actividades al finalizar su jornada laboral, durante vacaciones, permisos y en pausas laborales establecidas, cuando se trate de horarios flexibles.

Conamer da visto bueno a la NOM de Teletrabajo

La Conamer dio su aprobación a la Secretaría del Trabajo para que pueda publicarse la NOM-037 en el Diario Oficial de la Federación (DOF). De esta manera, el instrumento regulatorio cumplió su último trámite.

“Se resuelve emitir el presente Dictamen Final, por lo que la STPS podrá continuar con las formalidades necesarias para la publicación de la propuesta regulatoria en el DOF”, informó Alberto Montoya Martín del Campo, comisionado nacional de Mejora Regulatoria, en el documento en respuesta al proyecto presentado por la dependencia.

La NOM-037 es una norma que deriva de la reforma de teletrabajo de enero de 2021, la cual otorgó 18 meses de plazo a la Secretaría del Trabajo “para publicar una Norma Oficial Mexicana que rija las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo para el teletrabajo”.

El instrumento, fue elaborado por la dependencia en conjunto con especialistas, representantes empresariales y sindicales, y contendrá las condiciones mínimas que deberán observarse en el trabajo remoto para evitar riesgos laborales, así como los mecanismos para evaluar las mismas. Además de una política de teletrabajo que, entre otros puntos, establezca los medios de contacto entre empleador y colaboradores, duración de la jornada laboral y pausas, y procedimiento para informar cambios en el lugar de trabajo.

Una vez que la Norma de Teletrabajo se publique en el Diario Oficial de la Federación, entrará en vigor 180 días naturales después, y será obligatoria para todos los centros de trabajo que tengan colaboradores con más del 40% de su jornada laboral en este esquema.

 

FUENTE: El Economista

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