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Con esta autorización, serían 75 las plataformas que cuentan con el permiso de la autoridad para funcionar bajo este marco normativo.

La plataforma de fondeo colectivo (crowdfundingLendera ha respondido a los señalamientos de la autoridad para que su autorización pueda ser publicada en el Diario Oficial de la Federación y se una al universo de entidades autorizadas para operar al amparo de la ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (LRIFT), conocida como Ley Fintech.

De acuerdo con documentos en poder de este medio, el pasado 12 de febrero el Comité Interinstitucional fue notificado de las modificaciones realizadas por Lendera a su plan de negocios, en atención a los señalamientos de la autoridad cuando le otorgó su autorización sujeta a condición suspensiva.

En este sentido, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) notificó a Lendera que procederá a realizar las acciones para que se publique su autorización definitiva en el Diario Oficial de la Federación para la organización y operación como una institución de fondeo colectivo al amparo de la Ley Fintech.

Lendera es una institución de crowdfunding que conecta a empresas en busca de financiamiento con inversionistas; sin embargo, la característica de esta plataforma es que integra opciones de arrendamiento a su oferta de servicios.

En este contexto, la CNBV le notificó que Lendera sólo podrá realizar las operaciones previstas en el artículo 16 fracciones I y III de la Ley Fintech, las cuales dicen:

  • Fracción I: Realizar operaciones de financiamiento colectivo de deuda, con el fin de que los inversionistas otorguen préstamos, créditos, mutuos o cualquier otro financiamiento causante de un pasivo directo o contingente a los solicitantes.
  • Fracción III: Financiamiento colectivo de copropiedad o regalías, con el fin de que los inversionistas y solicitantes celebren entre ellos asociaciones en participación o cualquier otro tipo de convenio por el cual el inversionista adquiera una parte alícuota o participación en un bien presente o futuro o en los ingresos, utilidades, regalías o pérdidas que se obtengan de la realización de una o más actividades o de los proyectos de un solicitante.

Así, la firma que encabeza Fernando Padilla Ezeta deberá abstenerse de realizar actividades como arrendamiento puro o aquellas que no encuadren en las operaciones autorizadas a la entidad.

“Lendera sólo podrá realizar las operaciones previstas en el artículo 6, fracción I y III de la LRITF, asegurándose que, en su publicidad, su plataforma y/o medio de comunicación, la operación de sus productos, así como demás documentación que resulte aplicable, únicamente se reflejen las operaciones autorizadas de conformidad con las fracciones antes indicadas”, se puede leer en el documento en poder de este medio.

Una vez que su autorización sea publicada en el DOF, Lendera se sumaría al universo de entidades autorizadas bajo la Ley Fintech, convirtiéndose en la entidad número 75 que tiene el aval definitivo de la autoridad. Con su autorización, serían 24 instituciones de fondeo colectivo y 51 de fondos de pago electrónico con dicho aval.

 

Rechazan a otra

En un documento separado, la CNBV notificó a la firma Housement Community, que encabeza Mauricio Gamboa Nosti, que le fue negada la autorización para operar como una institución de financiamiento colectivo.

Esto debido a señalamientos que no fueron subsanados por la firma en el tiempo previsto, relacionados con su modelo de negocio, estados financieros proyectados y otras inconsistencias presentadas.

“Esta Comisión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 35 y 39 de la LRITF, niega la solicitud de autorización que presentó el C. Mauricio Gamboa Nosti en representación de Housement Community S.A.P.I. de C.V., para la organización y operación de una Institución de Financiamiento Colectivo”, se puede leer en el oficio.

Esta firma tomó relevancia en abril del 2023, cuando la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) alertó la supuesta suplantación de identidad de la firma autorizada de crowdfunding Cien Ladrillos.

Según la Condusef, Housement Community usó datos de contacto de la unidad de atención a usuarios de Cien Ladrillos, junto con el logo de esta autoridad, lo cual conducía en el engaño al público usuario.
Hasta la fecha, ya son cerca de 30 firmas que son rechazadas para operar bajo la Ley Fintech.

 

FUENTE: El Economista

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