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Si recibes un documento personalmente (impreso) o de manera electrónica (digital) del SAT, puedes validar su autenticidad.


Los documentos emitidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pueden ser notificados personalmente (impresos) o de manera electrónica (digitales) a través del Buzón Tributario, pero en ocasiones pueden ser falsificados.

Sin embargo, la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) indica que los documentos que contienen actos administrativos y tienen la firma electrónica (e.firma) o sello digital de los funcionarios competentes, pueden verificarse. [Regla 2.12.3. de la RMF 2019].

¿Cómo se verifica un documento?

Para verificar la autenticidad de un documento del SAT, tienes las siguientes opciones:

1. Escanea el código QR

Puedes verificar los documentos mediante el uso de un software que te permita leer su código de barras bidimensional o código QR.

2. Ingresa al portal del SAT

O puedes ingresar al portal del SAT, seleccionar la pestaña “Otros trámites y servicios”, elegir la opción “Ver más”, y seleccionar el menú desplegable “Autenticidad de documentos oficiales y personal del SAT”.

¿El documento fue notificado de forma electrónica o personal?

Del listado que se muestra, el contribuyente debe elegir alguna de las siguientes opciones:

1. Verifica la integridad y autoría de documentos notificados de forma electrónica.

Esta opción te permite verificar los documentos con firma electrónica del funcionario competente que son notificados de manera electrónica(documentos digitales). Esto también te dará certeza jurídica de que estás recibiendo un documento emitido por el SAT. [Código Fiscal de la Federación (CFF) 17-D, 17-I y 38, párrafos tercero, cuarto, quinto y sexto].

2. Verifica la integridad y autoría de documentos firmados electrónicamente notificados de forma personal.

Esta opción te permite validar documentos que no cuenten con el código de barras bidimensional que son notificados de forma personal. Esto también te dará certeza jurídica de que estás recibiendo un documento emitido por el SAT. [CFF 17-D, 17-I y 38, párrafos tercero, cuarto, quinto y sexto].

Al utilizar cualquiera de los procedimientos mencionados, para verificar la integridad y autoría de documentos firmados electrónicamente, se mostrará en pantalla la siguiente información:

a) Clave en el RFC del contribuyente, nombre, denominación o razón social de la persona a la que va dirigido el documento.

b) Documento original con e.firma o sello digital del autor.

¿Qué es la validación de integridad y autoría?

La validación de integridad y autoría de documentos firmados electrónicamente, es un mecanismo mediante el cual puedes confirmar que un documento fue elaborado efectivamente por el SAT. Es decir, no es apócrifo. Al realizar la consulta del documento, éste se podrá visualizar completo tal y como se ve físicamente.

¿A qué documentos digitales se les puede realizar la validación?

a) Acuse de notificación. Es el documento que se genera cuando abres un documento notificado mediante Buzón Tributario. Dicho documento registra la fecha y hora en que te autenticas para abrir el documento a notificar. [CFF 134, fracción I, séptimo párrafo].

b) Constancia de notificación. Es el documento que genera el sistema del SAT de forma automática, cuando no abres documento digital dentro de los tres hábiles, contados a partir del día siguiente al envío del aviso de notificación mediante Buzón Tributario. Dicho documento se emite al cuarto día hábil. [CFF 134, fracción I, séptimo párrafo].

c) Documento notificado. Es el archivo que contiene el documento firmado electrónicamente por un funcionario competente, el cual se envía a tu Buzón Tributario.

Puedes revisar la Regla 2.12.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2019

 

FUENTE: El Contribuyente

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