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A pesar de que las obligaciones ya entraron en vigor, la autoridad aún no ha publicado las normas específicas, por lo que faltan puntos por aclarar.

La pandemia de COVID-19 creó cambios profundos en el mercado laboral como lo conocíamos, lo que puso en evidencia la necesidad de nueva legislación. Por ello, a finales del año pasado fueron aprobados cambios al artículo 331 de la Ley Federal de Trabajo (LFT), con lo que se busca regular de una mejor manera el home office, también conocido como tercerización laboral.

Sin embargo, de acuerdo a la opinión de los expertos, es necesario que la autoridad publique la NOM (Norma Oficial Mexicana) pertinente, para la cual tiene un plazo de 18 meses a partir de la publicación de las reformas. Esto porque, aseguran, la forma en que está planteada la legislación deja algunos cabos sueltos.

En entrevista con El Contribuyente, el especialista Rolando Silva Briseño, integrante del Colegio de Contadores Públicos de México, aseguró que la nueva legislación contiene tanto puntos redundantes, que ya estaban considerados con anterioridad en la ley (como el derecho a la libertad sindical), como otros novedosos, y que generarán confusiones hasta que se publique la NOM.

El principal problema con esto, dice el especialista, es que a pesar de que ya existe la obligación por parte de los patrones de cumplir con lo contenido en la ley respecto al home office, no hay especificaciones respecto a cómo cumplir con ella, lo que a su vez puede desencadenar en controversias entre los trabajadores y el patrón.

Tratamiento fiscal del pago de la electricidad y el internet

Una de las novedades más sobresalientes consiste en la obligación por parte del patrón de pagar la parte proporcional de los servicios necesarios para que el trabajador cumpla con sus funciones.

En este punto, Silva Briceño aclara que el pago que el patrón haga por concepto de estos servicios no se debe tratar como una prestación o un ingreso del trabajador, por lo que se le debe dar un tratamiento diferenciado.

Además, dice, quedan dudas sobre cómo debería hacerse el cálculo de la parte proporcional de estos servicios, pues habrá que considerar, por ejemplo, el número de personas que hacen uso de la red de internet, así como el número de horas que dura la jornada laboral.

Cálculo de los riesgos de trabajo

Los patrones están obligados a pagar una prima de riesgos de trabajo al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), protegiendo al trabajador de potenciales accidentes en el lugar de trabajo. El problema aquí, dice el especialista, es que no se ha definido qué puede constituir un riesgo de trabajo en el contexto del teletrabajo. ¿Resbalarse en el baño es un riesgo de trabajo?

Horas extra y derecho a la desconexión

Una de las novedades de la reforma es la inclusión del derecho a la desconexión de los trabajadores, consistente en que una vez terminado el horario laboral del colaborador, éste no tiene por qué contestar ningún tipo de mensaje o llamada laboral.

Aquí surgen varios retos, pues no hay mecanismos claros para medir el cumplimiento de este derecho, lo que posibilitaría que, por ejemplo, un trabajador que conteste una llamada o un mensaje recibido a deshoras argumente que trabajó horas extras. Si una situación como esta llegara hasta los tribunales, considerando que la carga de la prueba reside en el patrón, la autoridad presupondría que el trabajador dice la verdad, y sería aquél que tendría que probar lo contrario.

Otro caso similar es el del cumplimiento de la jornada laboral completa, pues si un patrón tiene razones para pensar que el trabajador no la trabajó completa, quien tendría que probarlo es él.

Así, el especialista recomienda que se implementen mecanismos de control apropiados.

Perspectiva de género para conciliar la vida personal

Otra de las novedades es el requisito de implementar el home office con perspectiva de género, pensando en las trabajadoras que tengan que atender hijos pequeños de manera simultánea a sus labores profesionales. Sin embargo, no hay detalles específicos al respecto a cómo implementar estas exigencias.

¿En qué consiste la nueva regulación al outsourcing?

La reforma consta de nueve puntos fundamentales:

  1. Recibir los equipos necesarios para las actividades
  2. Percibir los costos derivados del trabajo, como los servicios de telecomunicaciones y electricidad
  3. Derecho a la libertad sindical y negociación colectiv
  4. Tratamiento correcto de la información y datos utilizados
  5. Desconexión al término de la jornada laboral
  6. Tener seguridad social
  7. Recibir capacitación y asesoría para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías
  8. Tener una relación laboral equilibrada, a find e gozar de un trabajo digno y decente
  9. Perspectiva de género para conciliar la vida personal

 

FUENTE: El Contribuyente

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